Carga y Descarga
Las actividades de carga y descarga únicamente podrán realizarse con vehículos industriales destinados al transporte de mercancías o vehículos mixtos. Siempre que se encuentren rotulados y la actividad económica de la empresa implique el traslado de mercancías, herramientas, materiales u otros objetos, no será necesaria la concesión municipal de tarjeta de carga y descarga.
En ningún caso se concederán tarjetas para carga y descarga:
- Cuando la actividad de la empresa o los productos objeto de transporte sean perecederas
- Cuando la empresa posea vehículos de menos de 3.500,- Kg. de PMA con tarjeta de transporte
- Cuando la actividad de la empresa no suponga carga y descarga de mercancías (Despachos de abogados, gestorías, locales de venta al por menor sin reparto a domicilio, etc.)
- Cuando los vehículos industriales y/o mixtos que se encuentren rotulados y la actividad económica de la empresa implique de forma principal o accesoria la carga y descarga de mercancías.
Requisitos:
- El solicitante deberá tener alguna actividad industrial, y estar dado de alta como tal.
- El vehículo para el que se solicita deberá estar a nombre de la empresa o titular de la misma.
- Deberán acreditarse las razones para utilización de un vehículo turismo o vehículo mixto para dichas operaciones, especificándose las mercancías que se transportan.
Documentación:
- Instancia solicitando tarjeta de carga y descarga.
- Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
- Fotocopia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Fotocopia del DNI o NIF del solicitante.
- Acreditación documental de la necesidad de utilizar un vehículo turismo y del tipo de mercancías que se vayan a transportar.
- Fotocopia de la tarjeta de inspección técnica favorable.
- Fotocopia del seguro obligatorio.
Vigencia de la tarjeta:
- 2 años, prorrogable a petición del interesado.
Documentos: